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RIEGOS DEL PLAN DE BARDENAS
Los riegos del Plan Bardenas están regulado por el embalse de Yesa que dispone de una capacidad de 470 Hm3. están en ejecución las obras de recrecimiento para incrementar su capacidad y es alimentado por el Río Aragón.
La infraestructura hidráulica principal la constituye el Canal de las Bardenas con 7 tramos y 132 km, con un caudal en origen de 64m 3/s., estando pendiente de ejecución el último que lo conecte con el embalse de Ardisa (cuenca del Gallego).
Dada la insuficiencia de capacidad de transporte de agua del canal en origen, se han diseñado embalses laterales, habiendo firmado la Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas convenios con ACESA para su ejecución.
Se han finalizado las obras de la Presa de Malvecino, con una capacidad de 6 Hm3, que regula la Acequia Cinco Villas; y la Presa de La Berné, que está en fase de ejecución con capacidad de 37 Hm3, que regula la Acequia de Sora.
La Zona regable por la 2ª parte del Canal de Bardenas se sitúa entre el Canal de Bardenas (Norte). El río Arba (oeste), Acequia de Sora (Este) y el río Ebro (Sur), con una superficie de riego prevista de 30.000 Has.
Así mismo, el Plan Bardenas prevé el riego de 15.000 Has. En la margen derecha del Gállego mediante la denominada Acequia del Gállego con origen en el inicio de la Acequia de Sora (Sierra de Luna) y final en Villanueva de Gállego.
TRANSFORMACION EN REGADIO DE GRANDES ZONAS
La transformación de grandes zonas está regulada por la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 1973 que fija las condiciones en que debe llevarse a cabo dicha transformación.
Las competencias de la puesta en marcha de la transformación en grandes zonas entre el M.A.P.A. Y LA Comunidad Autónoma de Aragón se regula mediante Ley Orgánica en 1982.
La ejecución de las obras corresponde al M.A.P.A.- D.G.A. y al Ministerio de Medio Ambiente (Confederación Hidrográfica del Ebro), para lo cual se constituye una Comisión Técnica Mixta con representantes de los tres Organismos, que coordina las respectivas actuaciones, así como el reparto de las mismas y su financiación.
La transformación se aborda por sectores de riego, siendo el primer paso la redacción de los planes coordinados, a modo de anteproyecto de las actuaciones.
ANTECEDENTES LEGALES
La transformación de la Zona Regable por la Segunda Parte del Canal de Bardenas fue declarada de Interés Nacional por Decreto 1930/71 de 1 de julio, y el Plan General de Transformación fue aprobado por Decreto 1352/73 de 10 de mayo siendo modificado por Real Decreto 3156/79 de 7 de diciembre.
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