En este momento estás viendo Suspensión temporal de la actividad, clausuras y sanciones económicas a los establecimientos hosteleros que incumplen la normativa COVID-19
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El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, para la protección y la prevención frente a la COVID-19, continúa adoptando medidas frente a los incumplimientos de la norma sanitaria. Tal y como se manifestó en la Junta Local de Seguridad celebrada el pasado 17 de junio de 2021, la Policía Local de Ejea ha identificado un incremento en las infracciones cometidas por parte de determinados establecimientos hosteleros, lo que ha llevado a la entidad local, sin perjuicio de la imposición de sanciones que corresponde imponer a la autoridad sanitaria del Gobierno de Aragón, a seguir aplicando con rigor las sanciones por incumplimiento de horarios, aforos, fumar, uso obligatorio de mascarillas y distancias interpersonales.

En concreto, el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros ha suspendido temporalmente la actividad de un establecimiento hostelero, ubicado en el Pasaje del Muro, y ha limitado el horario de funcionamiento del bar de las piscinas municipales al periodo de apertura al público durante la temporada de las mismas. Estas medidas provisionales entrarán en vigor en el día de hoy, tras el correspondiente trámite de audiencia previa.
Además, se continúa incoando expedientes sancionadores a otros establecimientos hosteleros por infracciones que contravienen las medidas incluidas en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón.

Las infracciones administrativas en materia de espectáculos públicos, de conformidad con la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, Reguladora de los Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, y cuya calificación jurídica es de Grave, podrán ser sancionadas con multas de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, suspensiones o prohibiciones de la actividad por un periodo máximo de 6 meses, clausuras de locales o establecimientos por un periodo máximo de 6 meses, e inhabilitaciones para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas o la titularidad de establecimientos públicos por un periodo máximo de 6 meses.

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